Publicada la nueva resolución de la Generalitat Valenciana que ya está en vigor

El uso de la mascarilla se convierte en «obligatorio en todo momento en la vía pública y en espacios al aire libre, también en espacios cerrados de uso público o abiertos al público». Sin embargo, esta obligación no afectará al deporte, ya que en su artículo 1.3.3, esta normativa establece que:
1.3.3 El uso de la mascarilla NO será obligatorio en los siguientes supuestos:
a) Durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad con la que resulte incompatible su uso.
El repunte de los contagios de COVID-19 en los últimos días ha llevado a la Conselleria de Sanitat a adoptar esta medida que ya habían asumido la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas.
Además de la actividad deportiva, hay algunas otras excepciones, como por ejemplo las playas, las piscinas o los espacios naturales, donde se podrá prescindir de la mascarilla.
La norma, en general, es muy restrictiva e incluso regula que en las terrazas de los bares se deba llevar la mascarilla obligatoriamente cuando no se está consumiendo una bebida o comida. Se ha procedido a adoptar esta medida porque «hay una sensación de falsa seguridad que hace que no se cumplen las normas», señaló Barceló. De hecho, según ha anunciado, los positivos de personas entre 20 y 40 años «se ha multiplicado por cuatro». Por ello, tanto la mascarilla como la distancia entre las personas son las dos principales normas que se deben cumplir de manera general.
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